Programa Saneamiento de Títulos

¿De qué se trata?

El Instituto Nacional de Deportes y el Ministerio de Bienes Nacionales firmaron un convenio que promueve la regularización de cancsaneamiento títuloshas que son utilizadas por clubes deportivos para la práctica del fútbol, pero que en muchos casos no tienen un dueño definido.

En una primera etapa, este convenio tiene por objetivo registrar a nivel nacional todos los recintos deportivos, especialmente canchas, que se encuentren en situación de irregularidad, para luego normalizar su situación, a fin de que puedan acceder a los beneficios que ofrece el IND.

¿A quién está dirigido?
A los clubes deportivos que utilizan las canchas regularmente y que, al no ser dueños no pueden postular a beneficios para mejorar su funcionamiento o infraestructura.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?
a) Estar en posesión del recinto deportivo en forma exclusiva y continua, tranquila y pacífica (sin conflicto con terceros), durante al menos cinco años.

b) Acreditar que no existe juicio pendiente en su contra, en el cual se discuta el dominio o posesión del inmueble.

c) Que el recinto deportivo tenga un avalúo fiscal máximo de 380 UTM ($13.980.960 aproximados), si es urbano, o de 800 UTM, si es rural ($29.433.600 aproximados).
saneamiento títulos
¿Cómo los clubes se incorporan al registro de precalificación saneamiento títulos para acceder a los beneficios del convenio?
La incorporación se puede realizar de las siguientes formas:

a) Descargando el formulario en PDF del sitio web www.bienes.cl y una vez llenado, entregarlo en la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la región donde se ubica el recinto deportivo.

b) Registrarse en el sitio web www.bienes.cl, de manera de quedar incorporado en la base de datos del Ministerio de Bienes Nacionales, quienes se pondrán a la brevedad en contacto con los interesados.

Para realizar los trámites deben dirigirse a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales o a la Dirección Regional del IND respectiva.